Prevención de Riesgos laborales

¿Qué es la Prevención de Riesgos Laborales?

La Prevención de Riesgos Laborales es  OBLIGATORIA desde el año 1995 para todas la empresas que tengan trabajadores (Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.

La Prevención  es  el conjunto de actividades destinadas a evitar o disminuir los accidentes y/o enfermadades profesionales dentro de la empresa para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores. 

¿Quién tiene que tener la Prevención de Riesgos Laborales?

Cualquier empresario o autónomo que tengan trabajadores, tanto en el régimen general como si son autónomos.

También los autónomos cuando presten servicios o hagan obras  dentro de otras empresas. Es lo que se conoce como Coordinación de actividades empresariales.

¿Qué incluye la Prevención de Riesgos?

  • Evaluación de Riesgos y Planificación Preventiva
  • Plan de prevención
  • Memoria anual preventiva
  • Planes básicos de Emergencia: diseño, implantación y simulacros.
  • Formación a los trabajadores en prevención de riesgos generales, de los de su puesto de trabajo, sobre el plan de emergencia y primeros auxilios.
  • Vigilancia de la Salud- Medicina del Trabajo: revisiones médicas

 

¿Cuáles son las multas por no tener hecha la Prevención de Riesgos Laborales?

El incumplimiento puede suponer para el empresario el incurrir  en responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales. La cuantía de las sanciones administrativas varía en función de la calificación y tipificación de la infracción:

Faltas Leves:  hasta 2.045 €.

Faltas Graves: de 2.046 € hasta 40.985 €.

Muy Graves: de 40.986 € hasta 819.780 €.

Ponemos a tu disposición a nuestro departamento para cualquier consulta y sin ningún tipo de compromiso. Os asesoraremos de cuales son los trámites a seguir y la mejor manera de tener cubierta en toda su amplitud esta ley de Riegos Laborales.

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