Evaluación de Riesgos en el Empleo del Hogar antes del 15 de noviembre de 2025
Desde Plus Gestió, asesores legales y tributarios, informamos de una importante novedad legal que afecta a quienes tienen contratada una persona empleada del hogar, ya sea para tareas domésticas, de limpieza o de cuidado.
¿Qué ha cambiado?
Con la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, las empleadas y empleados del hogar tienen derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable, en igualdad de condiciones que cualquier otro trabajador.
Esto implica una nueva obligación para los empleadores particulares: deben realizar una evaluación de riesgos laborales en el entorno donde trabaja la persona contratada.
¿A quién afecta esta nueva ley?
A toda persona que tenga contratada una empleada o empleado del hogar, independientemente de si el trabajo es a jornada completa, parcial o por horas.
La normativa aplica tanto si el contrato es directo como si se realiza a través de una tercera persona o empresa.

¿Qué debe hacer el empleador?
La persona empleadora debe cumplir con la obligación de realizar la evaluación de riesgos laborales.
¿Cómo puede realizar esta evaluación?
El empleador tiene dos opciones para cumplir con esta obligación:
- Realizar la evaluación personalmente a través de la plataforma gratuita habilitada por el Ministerio de Trabajo: www.prevencion10.es. Allí podrá registrarse como empleador/a particular y completar un cuestionario guiado sobre las condiciones y posibles riesgos en el hogar.
- Encargar la gestión a Plus Gestió, donde nos ocupamos de todo el proceso por usted: analizamos las tareas, identificamos riesgos, cumplimentamos el cuestionario oficial y le entregamos el informe final listo para presentar.
Ambas opciones son válidas, y nuestro objetivo es facilitarle el cumplimiento legal de forma segura y sencilla.
Pasos que realizamos para cumplir con la normativa si contrata nuestro servicio:
- Analizamos las tareas realizadas por la persona empleada del hogar.
- Identificamos los posibles riesgos (uso de productos químicos, manipulación de cargas, caídas, etc.).
- Completamos el cuestionario oficial en la plataforma www.prevencion10.es en su nombre.
- Descargamos y elaboramos el informe final que acredita la evaluación.
- Le entregamos el informe para que pueda entregarlo a la persona trabajadora, garantizando el cumplimiento legal.
¿Cuál es el plazo para hacer la evaluación?
La evaluación debe realizarse antes del 14 de noviembre de 2025. Es importante no esperar al último momento para evitar posibles errores o demoras.
¿Qué ocurre si no se cumple con esta obligación?
No realizar la evaluación está considerado como una infracción grave según la normativa laboral.
En caso de inspección, se podrían aplicar multas de entre 486 € y 9.830 €, dependiendo de la gravedad y del incumplimiento.
¿Necesitas ayuda? En Plus Gestió te asesoramos
Plus Gestió ofrecemos asesoramiento completo y acompañamiento en todo el proceso para que cumpla con esta nueva obligación de forma sencilla, rápida y segura.
Contacte con nuestro equipo legal y laboral para que nos encarguemos de todo y usted no tenga que preocuparse por los trámites.