Exención prevista para las retribuciones en especie del servicio de comedor de empresa.

PRINCIPALES MEDIDAS FISCALES RD-LEY 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria (BOE 23/12/2020)

 

6.RENDIMIENTO DE TRABAJO EN ESPECIE EXENTO (DF final 1ª Real Decreto-Ley)

Estarán exentas las entregas a empleados de productos a precios rebajados que se realicen en cantinas o comedores de empresas o economatos de carácter social.

Con efectos desde 1 de enero de 2020, la exención será aplicable con independencia de que el servicio se preste en el propio local del establecimiento de hostelería o fuera de éste, previa recogida por el empleado o mediante su entrega en su centro de trabajo o en el lugar elegido por aquel para desarrollar su trabajo en los días en que este se realice a distancia o mediante teletrabajo. (Modificación art. 42.3 a) Ley IRPF).

 

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